Patrimonio en vías de privatización

Por Lorena Ríos

Pendiente Ley de Acceso a los Recursos Biológicos y Genéticos
México muy cerca de perder soberanía genética de su biodiversidad

La normatividad establecerá quiénes podrán explorar, investigar, usar, patentar derivaciones y aplicar comercialmente recursos genéticos, tales como plantas y animales silvestres, microorganismos, hongos e insectos, entre otros. Ante la avalancha de conocimientos biotecnológicos dirigidos a crear súper semillas, a fin de incrementar el volumen de las cosechas, los agricultores mexicanos se enfrentan a una disyuntiva irónica y cruel: leyes de propiedad intelectual o patentes y tecnologías de punta, como la ingeniería genética, no sólo los marginan del desarrollo tecnológico sino también les impiden continuar la agricultura que por generaciones han venido desarrollando con sus propias semillas. Porque no se puede olvidar que en el campo mexicano existen dos realidades: por un lado, el sector formal privatizado, que trabaja por contrato, la mayoría ligado a transnacionales que controlan al sector agropecuario mundial, y, por otro, un sector campesino empobrecido, carente de infraestructura y dedicado a la producción de baja escala y autoconsumo.
A este panorama se suma una agravante más: una iniciativa de ley que intenta regular el acceso, uso, aprovechamiento, conservación y protección de los recursos genéticos de nuestra biodiversidad, así como la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados del aprovechamiento y comercialización de los mismos. Dicha propuesta, denominada Ley de Acceso y Aprovechamiento de los Recursos Biológicos y Genéticos, es una iniciativa que presentó el senador panista Jorge Nordhausen González en 2001, aunque hasta 2004 la sacaron de la congeladora y en abril de 2005 fue aprobada a toda velocidad en el Senado.Al ser México uno de los cinco países megadiversos del mundo, con 10% del total de las especies de plantas y animales terrestres conocidas, la inadecuada utilización y el saqueo indiscriminado de recursos biológicos demanda acciones enérgicas y urgentes, resalta Nordhausen.
En la actualidad la iniciativa aprobada por el Senado se encuentra en las comisiones de Medio Ambiente y Salud de la Cámara de Diputados, donde se prevé que en marzo se realice un foro de consulta para analizar sus virtudes y deficiencias
Protección o propiedad privada
Para evitar actos de biopiratería y que mercados extranjeros comercialicen con recursos filogenéticos nuestros o “similares” a las especies mexicanas (Italia exporta tunas y nopales a Estados Unidos y el caso del fríjol enola o amarillo patentado por un empresario texano ha perjudicado las exportaciones nacionales), lo que constituiría un obstáculo y práctica desleal para los productores mexicanos, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Social, Pesca y Alimentación (Sagarpa) considera de vital importancia el registro de los recursos.
“Los productores lo hacen para cuidar la propiedad, no con la idea de sacar un usufructo inmediato sino para que se reconozca que pertenece a determinada comunidad, incluso que están relacionados con el conocimiento tradicional”, menciona Eduardo Benítez Paulín, director general de Vinculación y Desarrollo Tecnológico de la Sagarpa.Sobre la iniciativa que se encuentra en la cámara resalta que tiene como principal componente “detener la biopiratería”, es decir, a aquellos que roban o usufructuan con algo que pertenece a la biodiversidad nativa de México o contra el conocimiento tradicional.
En primera instancia la dependencia crea el Sistema de Recursos Fitogenéticos en el que se constituyen diez redes, a saber: maíz, fríjol, anonacias, aguacate, hortalizas, nopal, frutales, especies ornamentales, banco de germoplasmas y misceláneas, con la idea de delimitar los ámbitos de los recursos biológicos.Menciona que el manejo de los recursos genéticos, que constituyen más de 36 mil especies, de las cuales cerca de 500 han tenido injerencia directa del hombre, requiere de un sistema de protección. “Lo importante es ver primero a qué ámbito corresponde cada una, porque de lo contrario no le vamos a dar el mismo tratamiento a los microorganismos, a las especies silvestres y a las cultivadas”, precisa.
En el Legislativo, protección a la soberanía genética
Sin embargo, organizaciones no gubernamentales como Greenpeace-México, Grupo de Estudios Ambientales, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental y la Red de Acción sobre Plaguicidas y Alternativas en México dan a conocer un documento donde resaltan las deficiencias que presenta la iniciativa de Ley de Acceso a Recursos Genéticos, por lo que solicitan a los legisladores que estudien y analicen con seriedad, antes de que también sea aprobada por los diputados.“Es inaceptable que la Ley sobre los Recursos Genéticos, que es sin duda estratégica y prioritaria para la nación, sea votada sin debatirla formalmente y sin consenso con los poseedores de esos recursos. Al excluir a las comunidades indígenas y a la sociedad de esta discusión se pone en charola de plata el patrimonio genético para ser privatizado por terceros”, señala Areli Carreón, integrante de la campaña de Ingeniería Genética de Greenpeace.
Expone que dicha normativa no asegura que los recursos que se obtengan sean destinados al bienestar de la población, sino que se convierte en una enumeración de trámites para legalizar la explotación de los recursos, en lugar de un instrumento para protegerlos.
Considera que la propuesta legislativa no parte del entendimiento propio de las comunidades sobre sus recursos, de la necesidad de crear asistencia financiera y técnica para que puedan aprovecharlos, con mecanismos de protección como el reconocimiento a recursos biológicos colectivos o esquemas comunitarios. “Las comunidades no deben ser consideradas simples proveedores sino actores fundamentales de la conservación de los recursos genéticos”, añade.
La iniciativa de ley atribuye al Estado y a los pueblos indígenas, ejidatarios, comuneros, propietarios o legítimos poseedores de tierra en donde estén los recursos, el derecho de aceptar o no el acceso privado a los recursos genéticos. No contempla el hecho, por ejemplo, en áreas naturales protegidas donde la propiedad de la tierra es compartida, o donde los recursos genéticos pertenecen a más de una comunidad.
El documento también olvida incluir instrumentos de denuncia o aclaración, carece del reconocimiento de los derechos y demandas que puedan ser interpuestos por las comunidades cuando sus recursos genéticos sean recolectados con fines científicos o de lucro. Además, las responsabilidades civiles y penales para quienes incumplan o violen las disposiciones de esta ley son deficientes, precisa Areli Carreón.
En tanto, María Colín, asesora legal de la misma organización, menciona que “es indispensable crear mecanismos para manejar recursos genéticos compartidos por distintas comunidades o países; abordar el movimiento transfronterizo de dichos recursos para evitar la biopiratería, por lo que es necesario que sea público el país de origen de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados”.
La especialista recalca que la iniciativa de ley no garantiza los derechos a la información ni a la participación del público. En última instancia, dice, “abre la puerta a la privatización de los recursos genéticos mexicanos, a pesar de que no se han evaluado sus beneficios actuales y potenciales”.
Verdadero rostro de biopiratas
El 27 y 28 de abril del año pasado el Senado aprobó dos leyes que instauran la privatización de los recursos genéticos de México y la concesión de patentes sobre conocimientos indígenas, al parecer en nombre del desarrollo sustentable y el progreso, pero se olvidan que quienes sufren las repercusiones de este impacto son precisamente las comunidades campesinas y los pueblos indígenas.La iniciativa de Ley de Acceso a Recursos Genéticos recoge los lineamientos que las transnacionales plasmaron en el Convenio de Diversidad Biológica de la Organización de Naciones Unidas, dirigido a que la biopiratería se llame bioprospección, y que mediante contratos y pagos a quien acepte vender el patrimonio común en nombre de todos, pase a la categoría de “desarrollo científico”, con fines comerciales directos o indirectos y, lo más importante, que sea legal, expone Silvia Ribeiro, investigadora del Grupo de Acción sobre Erosión, Tecnología y Concentración (etc).
De aprobarse esta ley la normatividad definirá a quienes quieran explorar, investigar, usar, patentar derivaciones y aplicar comercialmente recursos genéticos, tales como plantas y animales silvestres, microorganismos, hongos, insectos, etcétera, que podrán hacerlo si previamente el “legítimo poseedor o propietario del predio donde se encuentre el recurso biológico” lo acepta en un contrato de bioprospección y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales lo autoriza. El contrato debe incluir cláusulas para un supuesto “reparto de beneficios”.Ejemplos de esta situación sobran, comenta la integrante de etc. Basta mencionar los convenios que realizaban transnacionales con universidades nacionales, como los casos de contratos de biopiratería más denunciados en México: ICBG Maya en Chiapas, de Ecosur, la Universidad de Georgia y la empresa Molecular Nature; icgb Zonas Áridas, de la Universidad de Arizona, el Jardín Botánico de la UNAM y la empresa Wyeth; el Proyecto Biolead en Oaxaca, de la asociación era, uzachi y Novartis; la bioprospección de enzimas del Instituto de Biotecnología de la UNAM y Diversa Corporation, los cuales fueron cancelados o no renovados gracias a las denuncias de comunidades y organizaciones civiles, a las extensas protestas que suscitaron y al ambiguo marco legal que existía en México sobre el tema.
Ribeiro señala que la ley lo único que pretende es que el saqueo continúe, pero sin problemas legales. “La resistencia y denuncia no la pueden evitar, pero mediante algún reparto de beneficios pueden dividir a las comunidades o acallarlas. La ley acepta que los recursos genéticos o sus derivaciones pueden ser patentados, es decir, privatizados, sin importarle que sean colectivos y públicos”.
En el caso de una planta medicinal que se encuentra en varias regiones, una comunidad, ejido o hasta el propietario de una parcela puede firmar un contrato autorizando su venta y posterior patente. La iniciativa de ley establece que para definir quiénes son “legítimos propietarios, poseedores...” y hasta avecindados, se consultará con la Procuraduría Agraria. Esta situación no sólo legaliza la biopiratería y el remate de la biodiversidad, sino que promueve los conflictos entre comunidades por ser los primeros en vender los recursos comunes.
Oferta y demandaOtro punto a destacar es que se aborda la posibilidad de que podrán ser vendidos y patentados los “conocimientos tradicionales y colectivos” sobre la biodiversidad. Modificando la Ley de Propiedad Industrial crean un Registro Nacional sobre el Conocimiento Tradicional vinculado a los recursos biológicos y medicina tradicional indígena. Así se podrán poner a disposición de las transnacionales los conocimientos indígenas sistematizados. Es decir, a las comunidades les otorgan “el derecho” a registrarlos y a los individuos el de patentarlos.A decir de Ribeiro el verdadero objetivo es regular el acceso a los recursos genéticos y patentar el conocimiento tradicional indígena para servir principalmente a las farmacéuticas y corporaciones biotecnológicas. Con ello se establecen “canales legales para la biopiratería, que de esta forma ya no se llamaría piratería sino transacción comercial. Es útil para “ordenar” el saqueo, dándole a las empresas, por una parte, garantías contra sus competidores y, por otra, intenta eliminar la oposición que pueda haber desde la sociedad”.
El saqueo biológico y la utilización del conocimiento indígena existía desde hace muchos siglos, pero —salvo extinción física del recurso o de las culturas indígenas— no había forma de impedir que otros siguieran accediendo a él. A partir de 1994 el cabildeo de las industrias farmacéuticas multinacionales y sus gobiernos logró que la Organización Mundial de Comercio impusiera leyes de propiedad intelectual sobre seres vivos en todo el mundo.
Lo anterior significa que una empresa ya no tiene que pisar un territorio para monopolizar un recurso. Basta con patentarlo. Esto es biopiratería en cualquier caso, aunque exista un contrato legal o se pague por lo que no estaba a la venta: es privatizar recursos colectivos y públicos por medio de sistemas que impiden a todos los demás acceder a ellos. De eso exactamente se tratan las patentes, concluye Ribeiro.
lrios@revistavertigo.com

Vía: Revista Vértigo

1 Respuestas a “Patrimonio en vías de privatización”

  1. # Anonymous Anónimo

    Saludos! Gracias por publicar artículos como este. Me encuentro haciendo una investigación sobre biopiratería en México por lo cual resulta esto de gran interés.

    Mi comentario va hacia si saben acerca de la aprobación de esta Ley de Acceso a los regursos genéticos, debido a que hay poca información oficial acerca de esta y me gustaría saber si esta ley ya está completamente en vigor.

    A su vez, tengo duda acerca del Resgistro Nacional sobre el Conocimiento Tradicional si ya está funcionando y dónde puedo encontrar información acerca de sus resultados.

    Muchas gracias  

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